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Condicones generales

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN | VIPSBKNS

Las presentes Condiciones Generales de Contratación se rigen por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, modificado por el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de trasposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viajes vinculados, por la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de contratación y por lo dispuesto a continuación.  

INFORMACIÓN GENERAL  

  • Titular: THE WONDERS OF THE WORLD GLOBAL MULTITRADES LINKS S.L. ("VIPSBKNS")  

  • Licencia Turística: CICL09-120  

  • NIF/CIF: B23900509  

  • Domicilio social: Calle Almacen Nº 12, Bajo, 09200 – Miranda de Ebro (Burgos), España  

  • Correo electrónico: INFOS@VIPSBKNS.COM

  • Teléfono de contacto: 692 030 685

  • En adelante, LA AGENCIA.

ÁMBITO GENERAL Cualquier contratación con LA AGENCIA está sometida a las presentes condiciones generales de venta que a continuación se publicitan libremente, con el fin de que cada CLIENTE pueda conocer y verificar la compra y los términos específicos. Las CONDICIONES GENERALES tienen por objeto regular los términos contractuales para la prestación de los SERVICIOS por parte de LA AGENCIA, y, en su caso, la contraprestación debida por el CLIENTE a LA AGENCIA, por la utilización por aquél de determinados SERVICIOS. La prestación de los SERVICIOS se llevará a cabo mediante la obtención, disposición, organización, empleo y gestión por parte de LA AGENCIA de los recursos técnicos, humanos y operativos necesarios al efecto y, siempre y en todo caso, como contraprestación a los precios vigentes en cada momento cuando los SERVICIOS sean de pago. La mera navegación por la web de LA AGENCIA no tendrá la consideración de SERVICIO. LA AGENCIA vela y protege especialmente al viajero en los términos que se detallan en las presentes CONDICIONES GENERALES.  

1. DEFINICIONES A. Viaje combinado: es aquel en el que se combinan, al menos, dos servicios de viaje a efectos del mismo viaje o vacación, siempre que la combinación se formalice en un único contrato con independencia de que lo solicite o no el viajero. También se considera viaje combinado aquel que, a pesar de formalizarse en varios contratos:  

  • Se realice en uno de nuestros puntos de venta.  

  • Se seleccione la combinación de servicios de viaje antes de que el viajero consienta pagar.  

  • Se ofrezca, se venda o se facture por el organizador, o en su caso el minorista, a un precio a tanto alzado o global.  

  • Se anuncie por el organizador, o en su caso el minorista, como “viaje combinado”.  

  • Dichos contratos faculten al viajero a elegir entre una selección de distintos servicios de viaje.  

Por último, también son contratos de viaje combinado, aquellos contratos formalizados a través de un proceso de reserva en línea conectado, en el que el viajero celebra un único contrato con el empresario, pero varios con los prestadores de los servicios contratados por el viajero a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a la confirmación de la última reserva. También se considera viaje combinado aquel que combine un servicio de viaje (transporte, alojamiento y alquiler de vehículo) y adicionalmente, uno o más servicios turísticos, siempre que:  

  • Los servicios turísticos representen una proporción igual o superior al 25% del valor de la combinación y se anuncien como una característica esencial de la combinación o;  

  • Si los servicios turísticos solo han sido contratados después de que se haya iniciado la ejecución de 1 servicio de viaje (transporte, alojamiento y alquiler de vehículo).  

B. Servicio de viaje: Son servicios de viaje, el transporte de pasajeros, el alojamiento cuando no sea parte integrante del transporte de pasajeros y no tenga un fin residencial, el alquiler de turismos (Real Decreto 750/2010, de 4 de junio) y, cualquier otro servicio turístico que no forme parte integrante de un servicio de viaje de los citados anteriormente. C. Contrato de Viaje Combinado: es aquel que se formaliza en un solo contrato por el total del conjunto del viaje o, la formalización de varios contratos por cada uno de los servicios de viaje incluidos en el viaje combinado ofertado. D. Fecha de inicio del viaje combinado: es aquel día en el que comienza la ejecución de los servicios de viaje incluidos en el contrato. E. Repatriación: el regreso del viajero al lugar de salida o a cualquier otro lugar acordado por las partes contratantes. F. Falta de conformidad: la no ejecución o la ejecución incorrecta de los servicios de viaje incluidos en un viaje combinado. G. Viajero: toda persona que tiene intención de celebrar un contrato o tiene derecho a viajar en virtud de un contrato. H. Empresario: aquel que atiende a los viajeros de manera presencial o en línea, tanto si actúa como organizador, minorista, empresario que facilita servicios de viaje o como prestador de servicios de viajes. I. Organizador: se considera a aquel empresario que combina y vende u oferta viajes combinados directamente, a través de o junto con otro empresario. J. Minorista: aquel empresario distinto del organizador que vende u oferta los viajes combinados por un organizador. K. Menor: toda persona menor de dieciocho años. L. Circunstancias inevitables y extraordinarias: se considerarán aquellas situaciones que están fuera de control de la parte que alega la situación y cuyas consecuencias no habrían podido evitarse incluso si se hubieran adoptado todas las medidas razonables. M. Punto de venta: hace referencia a toda instalación de venta al por menor, tanto mueble como inmueble, o a un sitio web de venta al por menor o a un dispositivo similar de venta minorista en línea, incluso cuando estos sitios web o dispositivos se presenten a los viajeros como un dispositivo único, incluido un servicio telefónico. N. Información precontractual: Se entiende por información precontractual, aquella que el organizador o, en su caso, el minorista está obligado a facilitar al viajero antes de que el viajero quede obligado por cualquier contrato u oferta.  

2. NOTAS IMPORTANTES DE VIAJES COMBINADOS La información contenida en las presentes Condiciones Generales de viajes combinados y aquellas que se facilitan en el momento precontractual, tienen carácter genérico. No son de esperar variaciones significativas en el contenido y serán modificadas exclusivamente en los términos que se recojan en las Condiciones Particulares y en determinados supuestos que se exponen más adelante.  

2.1.- Organización del viaje combinado. La organización de los viajes combinados se realiza por LA AGENCIA, o por la agencia mayorista, o mayorista-minorista interviniente en su caso, detallada en la información precontractual facilitada al cliente y en el contrato de viaje combinado.  

2.2.- El contrato de viaje combinado. La agencia se compromete a entregar al viajero una copia del contrato de viaje combinado que formalicen las partes, a más tardar en el plazo de 24 horas a contar desde dicha formalización. Formarán parte integrante del contrato de viaje combinado todas las condiciones que regulan el viaje combinado contratado, en concreto, las condiciones generales dispuestas en este texto, las condiciones precontractuales, y las condiciones particulares pactadas entre la agencia y el viajero.  

2.3.- Precio. A) El precio del viaje combinado incluye:  

  • El precio de todos los servicios turísticos contratados (transporte de pasajeros, alojamiento, alquiler de vehículos de motor, etc.), con independencia de si se ha formalizado en un contrato o en varios contratos;  

  • Las comisiones, recargos y costes adicionales;  

  • La prestación de asistencia por parte del organizador, o en su caso minorista, si el viajero se halla en dificultades, especialmente, en supuestos de circunstancias extraordinarias e inevitables y las dispuestas en la normativa de aplicación;  

  • La posibilidad de solicitar asistencia cuando tenga dificultades para presentar una reclamación por cualquier falta de conformidad del viajero durante el viaje;  

  • Los impuestos indirectos (P. EJE. IVA, IGIC) cuando así se indique. B) El precio del viaje combinado no incluye:  

  • Cualquier otro servicio no especificado concretamente en el contrato, tales como: Visados; Certificados de vacunación; "extras" tales como: cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales, lavado y planchado de ropa, parking, utilización del teléfono, cunas, alquiler de TV, servicios de Spa, balnearios, termas, masajes, tratamientos médicos, terapéuticos o de salud y cualquier otro servicio similar que el establecimiento o transportista ofrezca por un precio independiente.  

  • Aquellos impuestos adicionales en determinados destinos (Tasa Turística). Dichas tasas se pagarán directamente en el establecimiento y será el viajero el único responsable de pagar los mismos.  

  • Tributos/tasas de entrada/salida aeropuertos en los que estén vigentes. C) Modificaciones del precio: El precio del viaje combinado ha sido calculado según los tipos de cambio, tarifas de transporte y coste del carburante. El precio del viaje podrá ser modificado posteriormente a la contratación por el organizador o minorista siempre que el contrato lo disponga. Dependiendo del destino se impondrán tasas, impuestos y recargos turísticos. Toda modificación será notificada con la justificación del incremento en soporte duradero, a más tardar veinte días naturales antes de la fecha de inicio del viaje. El viajero tendrá derecho a una reducción del precio correspondiente a toda disminución de los costes mencionados que se produzcan entre la confirmación y el inicio. D) Reducción del precio e indemnización por daños y perjuicios: El viajero tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido falta de conformidad, a menos que sea imputable al viajero. El viajero tendrá derecho a recibir una indemnización adecuada por cualquier daño o perjuicio, salvo que la falta de conformidad sea imputable al viajero, imputable a un tercero ajeno e imprevisible/inevitable, o debida a circunstancias inevitables y extraordinarias. Todo derecho a indemnización no afectará a los derechos contemplados en el Reglamento (CE) 261/2004, (CE) 1371/2007, (CE) 392/2009, (UE) 1177/2010, (UE) 181/2011 y convenios internacionales. La indemnización se deducirá la una de la otra para evitar el exceso de indemnización. E) Forma acordada de pago: Las partes acordarán en el contrato la forma de pago, al contado o fraccionado. El importe íntegro deberá estar desembolsado antes de la salida. De lo contrario, se entenderá que el viajero desiste con los gastos y penalizaciones establecidas.

2.4.- Asistencia. El organizador y el minorista deberán proporcionar asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, mediante el suministro de información de servicios sanitarios, asistencia consular, ayuda para comunicaciones y fórmulas de viaje alternativas. Podrá facturarse un recargo si la dificultad se originó intencionadamente o por negligencia del viajero.

2.5.- Modificación de otros clausulados del contrato. El contrato podrá modificarse unilateralmente antes del inicio si el cambio es insignificante y se informa en soporte duradero. Si se modifica alguna de las características principales o se propone aumentar el precio más de un 8%, el viajero podrá aceptar el cambio o resolver el contrato sin penalización, con derecho a reducción si el viaje sustitutivo es de calidad o coste inferior.

2.6.- Cesión del contrato. Para ceder el contrato a otra persona, la destinataria deberá reunir las condiciones aplicables. Deberá comunicarse con al menos siete (7) días naturales al inicio del viaje. Cedente y cesionario responderán solidariamente de los pagos pendientes y gastos adicionales.

2.7.- Pagos y reembolsos. El viaje debe estar totalmente pagado. En caso de no recibir el pago total, se asumirá que el viajero desiste. Si el organizador o minorista resuelve el contrato, deberá reembolsar en un plazo no superior a catorce días naturales desde la finalización. El viajero que no se presente no tendrá derecho a devolución. LA AGENCIA podrá requerir un depósito (máximo 30%).

2.8.- Resolución del contrato de viaje combinado por el viajero. En cualquier momento antes de la fecha de inicio, el viajero podrá resolver el contrato con una penalización (precio del viaje menos ahorro de costes). No obstante, en circunstancias inevitables y extraordinarias en destino que afecten significativamente, el viajero tendrá derecho a resolver sin pagar penalización y reembolso completo, pero sin compensación adicional. Tendrán derecho a resolver y reembolso total si se modifica significativamente algún elemento esencial, si se cancela antes del inicio, en caso de no ejecución de servicios no solucionada, o graves problemas de seguridad. Los viajes combinados carecen de derecho de desistimiento, salvo los contratados fuera del establecimiento (14 días).

2.9.- Resolución por parte del organizador o minorista. Podrán cancelar el contrato indemnizando por la totalidad de los pagos, sin asumir compensaciones adicionales, si se cumplen las condiciones legales del RDL 1/2007.

2.10.- Responsabilidad por errores en la reserva. El empresario será responsable de los errores debidos a defectos técnicos en el sistema de reservas que le sean atribuibles.

2.11.- Ejecución del contrato. Organizadores y minoristas responderán solidariamente frente al viajero. Si un servicio no se ejecuta conforme al contrato, deberán subsanar la falta, salvo imposibilidad o coste desproporcionado. Si no subsanan, el viajero podrá hacerlo y solicitar reembolso. Cuando una proporción significativa no pueda prestarse, se ofrecerán fórmulas alternativas sin coste. Si es imposible garantizar el retorno por circunstancias inevitables, asumirán el coste de alojamiento equivalente (hasta tres noches por viajero).

2.12.- Insolvencia del organizador o minorista. LA AGENCIA ha suscrito una garantía frente a la insolvencia. Si incurren en insolvencia, se procederá al reembolso de pagos o repatriación de viajeros.

2.13.- Protección de Datos Personales. En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018 y el RGPD, la agencia entregará la información de privacidad correspondiente.

2.14.- Prescripción de las acciones. Prescribirán por el transcurso de dos (2) años las acciones derivadas de la Ley.

2.15.- Jurisdicción aplicable. Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales del domicilio del viajero o empresario, a elección del viajero.

3. SERVICIOS SUELTOS (NO VIAJES COMBINADOS). Cuando LA AGENCIA intermedia en servicios individualizados (servicio suelto), actúa únicamente como intermediaria entre proveedor y cliente, sin responsabilidad en la ejecución.

4. INFORMACION SOBRE USO 4.1 HOTELES:

  • Entradas y salidas: La habitación estará a disposición desde las 14:00 horas del día de llegada hasta las 12:00 horas del día de salida. Llegadas posteriores a las 18:00h deben ser comunicadas.

  • Habitaciones: Basadas en acomodación doble estándar. Terceras personas/niños en cama supletoria/sofá cama. Cunas sujetas a disponibilidad.

  • Regímenes: (A) Solo alojamiento, (D) Alojamiento y desayuno, (P) Media pensión, (C) Pensión completa, (I) Todo incluido. Bebidas no incluidas en las comidas, salvo indicación.

  • Todo incluido: Personal e intransferible. Obligatorio portar pulsera/identificación. Horarios y bebidas sujetos al establecimiento.

  • Información de interés: Servicios deportivos, spa, restaurantes a la carta son de pago directo. Se exige vestimenta formal para cenas de caballeros.

  • Apartamentos: El cliente es responsable de declarar el número exacto de ocupantes (incluidos niños).

4.2 TRANSPORTE AÉREO:

  • Reserva: En vuelos de ida y vuelta, la no utilización de la ida puede conllevar cancelación de la vuelta. Compañías pueden cambiar horarios (es responsabilidad del cliente reconfirmar 48 horas antes). Datos personales deben ser veraces según documento identificativo.

  • Gastos de Gestión/Fee: LA AGENCIA cobrará cargos de gestión por pasajero, no reembolsables, independientes a las políticas de la aerolínea.

  • Cambios y Anulaciones: Sujetos a tarifa de la aerolínea más gastos de gestión de la agencia.

  • Servicios Especiales: Sillas de ruedas, mascotas, menores no acompañados deben solicitarse y ser confirmados por la aerolínea.

  • Equipaje: Artículos prohibidos en cabina (líquidos >100ml, armas, punzantes). Artículos prohibidos en bodega (explosivos, gases, inflamables, corrosivos). Daños o pérdidas deben reclamarse mediante P.I.R. en el aeropuerto inmediatamente.

  • Documentación: El nombre debe coincidir con el documento de identidad original y en vigor (DNI/Pasaporte). Ciudadanos no UE requieren pasaporte y visados correspondientes.

  • Menores: Menores no acompañados están sujetos a políticas de edad y servicio de asistencia en vuelo. Deben portar autorización (Instrucción 10/2019) si viajan al extranjero sin tutores.

  • Autorizaciones (ESTA/eTA): Es responsabilidad del pasajero gestionar y aprobar estas entradas antes del vuelo (EEUU/Canadá).

5. CONDICIONES ACREDITABLES

  • Familia Numerosa: Descuento en vuelos domésticos para residentes en España. Requiere Título en vigor presentado en la reserva y embarque.

  • Residentes (Baleares, Canarias, Ceuta, Melilla): Bonificación en vuelos aplicable con certificado de empadronamiento para viajes en vigor y DNI/Pasaporte. Ciudadanos UE y residentes legales deben acreditar la condición.

6. FACTURACIÓN DE LOS SERVICIOS El viajero recibirá la factura en formato electrónico automáticamente. Si desea formato papel, puede solicitarlo escribiendo a INFOS@VIPSBKNS.COM.

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